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TERMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES PARA OFERTAR EN LA SUBASTA ONLINE 1. CLÁUSULA GENERAL 2. MARTILLERO 3. ALTA DE OFERENTES 4. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN 5. HABILITACIÓN PARA REALIZAR OFERTAS EN SUBASTAS 6. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN 7. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN COMO FORMA DE PAGO 8. SOBRE EL INMUEBLE A SUBASTAR POR LA EMPRESA VENDEDORA 8.1 ORIGEN Y TITULARIDAD DEL INMUEBLE 8.2 CATÁLOGO E INFORMACIÓN ILUSTRATIVA 8.3 EXHIBICIÓN DEL INMUEBLE Y VERIFICACIÓN DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN 8.4 ESTADO Y CONDICIONES DE VENTA 9. SOBRE LA SUBASTA 9.1 INICIO DEL EVENTO 9.2 OFERTAS VIRTUALES EXCLUSIVAS 9.3 ORDEN SEGÚN CATÁLOGO 9.4 DINÁMICA DE LAS OFERTAS 9.5 IMPUESTOS Y COSTOS ADICIONALES 9.6 OFERTAS IRREVOCABLES E IRRETRACTABLES 9.7 MEJOR OFERTA Y PREADJUDICACIÓN 9.8 APROBACIÓN DE LA OFERTA 10. FINALIZACIÓN DE LA SUBASTA 11. PAGOS CORRESPONDIENTES AL PRECIO DEL INMUEBLE Y A LOS SERVICIOS PRESTADOS EN SUBASTA 11.1 NOTIFICACIÓN Y SOLICITUD DE INFORMACIÓN 11.2 PRECIO DEL INMUEBLE 11.3 SERVICIOS PRESTADOS EN SUBASTA POR EL USO DE LA PLATAFORMA DE OFERTAS 11.4 IMPUTACIÓN DE LA GARANTÍA 11.5 INCUMPLIMIENTO EN APORTAR INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN 11.6 EXIGIBILIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN SUBASTA 12. PLAZOS Y FORMAS DE PAGO 12.1 GARANTÍA Y SERVICIOS PRESTADOS EN SUBASTA 12.2 SALDO DEL PRECIO DEL INMUEBLE 12.3 FORMA DE PAGO 13. INCUMPLIMIENTO POR FALTA DE PAGO 14. ESCRITURACIÓN Y ENTREGA DEL INMUEBLE 14.1 DESIGNACIÓN DEL ESCRIBANO 14.2 PLAZO DE ESCRITURACIÓN 14.3 GASTOS DE ESCRITURACIÓN 14.4 ENTREGA DE LA POSESIÓN 15. DOCUMENTACIÓN Y ESTADO DOMINIAL DEL INMUEBLE 16. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD 17. DERECHO DE ADMISIÓN 18. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN 19. PRÓRROGA DE JURISDICCIÓN 1. CLÁUSULA GENERAL El presente documento contiene los términos y condiciones, que regulan la participación de los “usuarios registrados” que deseen participar de la subasta electrónica, en adelante denominada “Subasta On Line” a través del portal www.adrianmercado.com.ar. Aquellos que deseen realizar ofertas deberán leer, comprender y aceptar en su totalidad lo dispuesto en este documento. Con la aceptación de las Condiciones Particulares de Subasta, los interesados se convierten legal y financieramente en responsables de las ofertas realizadas y/o del uso de la Plataforma de Ofertas por los actos practicados. Los participantes aceptan que las ofertas realizadas virtualmente a través de la plataforma son firmes e irrevocables. En caso de que el interesado no esté de acuerdo con las Condiciones Particulares de Subasta, se le prohibirá participar y realizar ofertas en la subasta. 2. MARTILLERO La Subasta On Line será llevada a cabo por un Martillero debidamente matriculado y designado por Adrián Mercado Subastas S.A, en adelante denominado “La Empresa Martillera”. Este profesional se encargará de dirigir el proceso de subasta, asegurando el cumplimiento de las normativas legales vigentes y velando por la integridad y equidad en el desarrollo de la misma. La presencia del martillero garantiza la idoneidad y transparencia en el proceso de la Subasta Online. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- CONDICIONES PARA REALIZAR OFERTAS EN LA SUBASTA ONLINE. OBLIGATORIEDAD DE CUMPLIR CON CLÁUSULA 3; 4 Y 5. 3. ALTA DE OFERENTES Para participar en el proceso de Subasta On Line, los interesados deben registrarse en el portal proporcionando sus datos personales. La generación de un usuario y contraseña implica la aceptación lisa y llana de los Términos y Condiciones de uso del sitio [https://www.adrianmercado.com.ar/términos] y de la Declaración de Privacidad y Confidencialidad de la Información. Publicadas en el portal. Cumpliendo con esta condición el usuario registrado, podrá acceder a la sala virtual para observar la subasta en tiempo real. No obstante, no se le permitirá realizar ofertas hasta que cumpla con los requisitos establecidos en la cláusula 4 y 5. 4. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN Para participar de la subasta, cada oferente deberá integrar previamente una garantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor base del inmueble, fijado en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL (USD 195.000), por lo que la garantía de participación será equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA (USD 9.750). La garantía deberá ser abonada en pesos argentinos, aplicándose la cotización del dólar estadounidense billete, tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, vigente al cierre del día hábil anterior a la fecha de constitución de la garantía, mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta: ● Titular: Adrián Mercado Subastas S.A. ● CUIT: 30-71803361-2 ● Banco Galicia, Sucursal 358 (Puerto Madero). ● Cuenta Corriente en Pesos N.º 0001590-7 358-4. ● Alias: AM.SUBASTAS.GALICIA. ● CBU N.º 0070358920000001590748. La garantía deberá encontrarse acreditada hasta veinticuatro (24) horas antes del inicio de la subasta. El comprobante correspondiente deberá ser cargado por el interesado en su perfil de usuario, dentro de la sección “Crédito”, quedando la habilitación para ofertar sujeta a la efectiva acreditación y verificación del pago por parte de LA EMPRESA MARTILLERA. Finalizada la subasta, el oferente que hubiera realizado la mayor oferta será notificado de su carácter de preadjudicatario y deberá, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de dicha notificación, integrar el importe necesario para completar una garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio ofertado, imputándose la garantía de participación previamente constituida. El importe necesario para completar dicha garantía deberá ser abonado en pesos argentinos, aplicándose la cotización del dólar estadounidense billete, tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, vigente al cierre del día hábil anterior a la fecha de su integración, debiendo el preadjudicatario cubrir cualquier diferencia resultante de la variación del tipo de cambio. La garantía será imputada, en caso de aprobarse la venta, a cuenta del precio del inmueble, conforme a lo establecido en las presentes Condiciones Particulares. La falta de integración de la garantía dentro del plazo establecido implicará la pérdida de la garantía de participación y dejará sin efecto la preadjudicación, sin derecho a reclamo alguno, sin perjuicio de las demás consecuencias previstas en estas Condiciones Particulares. La integración de la garantía no implicará la aprobación definitiva de la venta, la cual quedará sujeta a la decisión del Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. Si el interesado no resultare adjudicatario o el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA no aprobara la oferta, podrá solicitar la devolución de la garantía o su acreditación como crédito para futuras subastas, conforme lo previsto en la Cláusula 6. 5. HABILITACIÓN PARA REALIZAR OFERTAS EN SUBASTAS Una vez cumplido con las cláusulas 3 y 4, el día de la subasta, el usuario registrado deberá ingresar a la sala y aceptar estos términos y condiciones particulares de subasta. Es fundamental destacar que la habilitación para ofertar está sujeta a la correcta realización de estos procedimientos, los cuales aseguran la transparencia y seriedad en el proceso de la Subasta Online. 6. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN Si el interesado no resultare mejor postor en la subasta, podrá solicitar la devolución de la garantía de participación o su acreditación como crédito para futuras subastas. Respecto del oferente que hubiera resultado preadjudicatario, la garantía permanecerá afectada a la operación hasta que el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA comunique la aprobación o el rechazo de la oferta. LA EMPRESA VENDEDORA contará con un plazo de veinte (20) días hábiles, computados desde la fecha en que LA EMPRESA MARTILLERA comunique formalmente al Banco la oferta máxima recibida, para expedirse. Vencido dicho plazo sin que se hubiera comunicado la aprobación, la oferta se considerará rechazada. Cuando la oferta no fuera aprobada, la garantía de participación podrá, a elección del interesado: A. Ser reintegrada,, previa deducción de los gravámenes a los movimientos financieros que correspondan, dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles desde que el interesado solicite la devolución. B. Ser acreditada como crédito a favor del usuario registrado en la Plataforma de Ofertas para futuras subastas. La devolución o acreditación como crédito no generará intereses, actualizaciones ni indemnización alguna a favor del interesado. 7. GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN COMO FORMA DE PAGO Si el oferente resultare mejor postor y la oferta fuera aprobada por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, la garantía de participación y las sumas abonadas para completar la garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio final ofertado serán imputadas a cuenta del precio de compraventa del inmueble. Dichas sumas serán consideradas como pago a cuenta del precio total de adjudicación, debiendo el comprador abonar el saldo restante conforme a los plazos y modalidades establecidos en las presentes Condiciones Particulares. Los servicios prestados en subasta por el uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA, y los gastos de administración y gestión, equivalentes a otro tres por ciento (3%), más IVA, constituyen obligaciones independientes y no serán descontados de las sumas integradas en concepto de garantía. La garantía de participación y el importe necesario para completar el diez por ciento (10%) del precio ofertado serán abonados en pesos argentinos, conforme al mecanismo de conversión establecido en la Cláusula 4. Una vez aprobada la venta, el saldo restante del precio del inmueble podrá ser abonado en pesos argentinos, aplicándose la cotización oficial del dólar estadounidense tipo vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA correspondiente al día anterior a la fecha del efectivo pago, conforme a las instrucciones que oportunamente imparta LA EMPRESA VENDEDORA. Si la oferta fuera rechazada por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, las sumas integradas serán devueltas conforme a lo previsto en la Cláusula 6, sin intereses, actualizaciones ni indemnización alguna. 8. SOBRE EL INMUEBLE A SUBASTAR POR LA EMPRESA VENDEDORA 8.1 Origen y Titularidad del Inmueble: El inmueble objeto de la presente subasta será comercializado por cuenta y orden del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, quien declara contar con título suficiente y legitimación para disponer de su venta. Se trata de un terreno baldío, sin edificaciones y desocupado, ubicado en calle General Gervasio Artigas N.º 454, de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, con una superficie de 1.318,33 m², identificado catastralmente como Lote N.º 5, Manzana 22, Sección 7°, Grupo 55, Matrícula N.º 191.435 y Plano de Mensura N.º 186.114, conforme a la documentación suministrada por LA EMPRESA VENDEDORA. La documentación dominial y demás antecedentes del inmueble estarán disponibles para su consulta en la forma y oportunidad informadas por LA EMPRESA MARTILLERA. 8.2 Catálogo e información Ilustrativa: La información, fotografías, planos, medidas y descripciones publicadas en el catálogo tienen carácter ilustrativo y constituyen una guía para los interesados, los cuales pueden acceder all portal www.adrianmercado.com.ar Los oferentes deberán verificar, antes de realizar ofertas, las características, dimensiones, estado de conservación, ocupación, ubicación y demás condiciones del inmueble, así como consultar la documentación puesta a disposición. Cualquier diferencia que pudiera existir entre la información publicada y las condiciones efectivamente verificadas por el interesado no dará derecho a formular reclamos contra la Empresa Martillera. 8.3 Exhibición del Inmueble, Verificación del Estado de Conservación: Previamente a la subasta, los interesados podrán visitar e inspeccionar el inmueble en los días y horarios que se informen. La formulación de una oferta implicará que el oferente conoce y acepta el estado material, constructivo, de conservación y ocupación del inmueble. Quien decida ofertar sin haber realizado la visita presencial lo hará bajo su exclusiva responsabilidad, sin derecho a formular reclamos posteriores por circunstancias que hubieran podido ser verificadas mediante una inspección razonable, EXIMIENDO DE TODA RESPONSABILIDAD A LA EMPRESA MARTILLERA Y AL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 8.4 Estado y condiciones de venta. El inmueble se venderá en el estado material, jurídico y de ocupación en que se encuentre al momento de la subasta, conforme la documentación e información puesta a disposición de los interesados. El comprador declara conocer y aceptar dichas condiciones, sin perjuicio de las obligaciones de saneamiento que legalmente correspondan a la Empresa Vendedora. La Empresa Vendedora podrá retirar el inmueble de la subasta antes de su finalización, sin que ello genere derecho a indemnización o reclamo alguno por parte de los interesados. 9. SOBRE LA SUBASTA 9.1 Inicio del Evento: El día y hora indicada en el portal, el Martillero Público dará por comenzada la subasta, pudiendo participar cualquiera de los oferentes habilitados, pujando por el/los lotes de su interés. 9.2 Ofertas Virtuales Exclusivas: El portal solo admite ofertas virtuales. 9.3 Orden según catálogo: El desarrollo del evento se da en idéntico orden al que se encuentra expuesto en el catálogo ilustrativo de subasta. 9.4 Dinámica de las Ofertas: Las ofertas serán formuladas a través de nuestro portal de subastas. Cada postor podrá ofertar más de una oferta para un mismo bien, prevaleciendo siempre la mayor oferta efectuada. El martillero actuante en cada lote hará un conteo regresivo del 3 hasta el 1 bajando el martillo, dando por finalizada esa venta al mejor postor u oferta recibida hasta ese momento y luego continuará con el siguiente lote a subastar. 9.5 Impuestos y Costos adicionales: Las ofertas se realizarán en dólares estadounidenses y no incluyen los impuestos, tasas, honorarios, gastos de escrituración ni demás conceptos que, conforme a estas Condiciones Particulares y la normativa aplicable, se encuentren a cargo del comprador. Los servicios prestados en subasta correspondientes al uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA, y los gastos de administración y gestión, equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA, tampoco se encuentran incluidos en el precio ofertado y deberán ser abonados conforme a lo establecido en las cláusulas correspondientes. 9.6 Ofertas Irrevocables e Irretractables: Todas las ofertas realizadas son IRREVOCABLES e IRRETRACTABLES. Por lo tanto las ofertas no se pueden anular y/o cancelar en ningún caso, quedando desestimadas únicamente en el momento de ser superadas por otra oferta de otro oferente. 9.7 Mejor Oferta y preadjudicación: Finalizada la puja, la mayor oferta recibida constituirá una propuesta firme, irrevocable e irretractable de compra del inmueble. El oferente que hubiera realizado dicha oferta será notificado de su carácter de preadjudicatario y deberá, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de la notificación: a) Integrar en pesos el importe necesario para completar una garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio ofertado, imputándose la garantía de participación previamente constituida y aplicándose la cotización del dólar estadounidense billete, tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, vigente al cierre del día hábil anterior a la fecha de integración. b) Abonar a ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. los servicios prestados en subasta por el uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA, y los gastos de administración y gestión, equivalentes a otro tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA. El cumplimiento íntegro de ambos pagos será condición necesaria para mantener la preadjudicación y someter la oferta a consideración del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. Su incumplimiento dejará sin efecto la preadjudicación y producirá la pérdida de la garantía de participación, sin derecho a reclamo alguno. La preadjudicación no implicará la aceptación definitiva de la oferta ni otorgará al oferente derecho alguno sobre el inmueble, quedando la operación sujeta a la aprobación del Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 9.8 Aprobación de la Oferta: La oferta formulada por el preadjudicatario quedará sujeta a la aprobación del Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, quien contará con un plazo de veinte (20) días hábiles, computados desde la fecha en que LA EMPRESA MARTILLERA comunique formalmente al Banco la oferta máxima recibida, para aprobarla o rechazarla. La decisión será adoptada a exclusivo criterio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. El vencimiento del plazo sin comunicación de la aprobación implicará el rechazo de la oferta. En caso de rechazo expreso o tácito, la operación quedará sin efecto y el preadjudicatario podrá solicitar la devolución de la garantía de participación y de las sumas integradas para completar la garantia, conforme lo establecido en la Cláusula 6, sin intereses, actualizaciones ni indemnización alguna. La participación en la subasta, la formulación de ofertas y la preadjudicación no otorgarán al oferente derecho alguno sobre el inmueble mientras la venta no sea aprobada por el Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. PROCESO DEL CIERRE DE LA SUBASTA (FACTURACIÓN, PLAZOS, INCUMPLIMIENTOS) 10. FINALIZACIÓN DE LA SUBASTA Finalizada la subasta, LA EMPRESA MARTILLERA notificará al oferente que hubiera realizado la mayor oferta su carácter de preadjudicatario. Una vez acreditada la integración de la garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio ofertado, el pago de los servicios prestados en subasta por el uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) más IVA, y los gastos de administración y gestión, equivalentes al tres por ciento (3%) más IVA, LA EMPRESA MARTILLERA elevará la oferta al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA para su consideración. El Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA contará con un plazo de veinte (20) días hábiles, computados desde que LA EMPRESA MARTILLERA comunique al Banco la oferta máxima recibida, para analizar, aprobar o rechazar la oferta. Vencido dicho plazo sin que se hubiera comunicado su aprobación, la oferta se considerará rechazada. 11. PAGOS CORRESPONDIENTES AL PRECIO DEL INMUEBLE Y A LOS SERVICIOS PRESTADOS EN SUBASTA Y GASTOS DE ADMINISTRACIÓN. El preadjudicatario deberá abonar en tiempo y forma los siguientes conceptos: a) La garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio final ofertado, imputándose la garantía de participación previamente constituida y, una vez aprobada la venta, el saldo restante del precio del inmueble. b) Los servicios prestados en subasta por ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A., correspondientes al uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA. c) Los gastos de administración y gestión correspondientes a ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A., equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA. Los conceptos indicados en los incisos b) y c) son independientes del precio del inmueble y deberán ser abonados conforme a los plazos y modalidades previstos en las presentes Condiciones Particulares. 11.1 Notificación y solicitud de información El preadjudicatario deberá proporcionar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de la notificación, sus datos personales y fiscales, así como toda otra documentación que le sea requerida por la Empresa Martillera y/o por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA para instrumentar la operación. 11.2 Precio del inmueble La garantía de participación y el importe necesario para completar una garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio final ofertado serán abonados en pesos, conforme al mecanismo de conversión establecido en la Cláusula 4. Una vez aprobada la venta por el Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, el saldo restante del precio del inmueble podrá ser abonado en pesos argentinos, aplicándose la cotización oficial del dólar estadounidense tipo vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA correspondiente al día anterior a la fecha del efectivo pago, conforme a las instrucciones que oportunamente imparta LA EMPRESA VENDEDORA. 11.3 Servicios prestados en subasta por el uso de la Plataforma de Ofertas y Gastos de Administración. ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. emitirá la factura correspondiente a los servicios prestados en subasta por el uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA, así como los gastos de administración y gestión, equivalentes a otro tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA. Ambos conceptos son independientes y no se encuentran incluidos en el precio ofertado, debiendo ser abonados conjuntamente dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de la notificación de la preadjudicación. Su pago íntegro será condición necesaria para mantener la preadjudicación y elevar la oferta a consideración del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 11.4 Imputación de la garantía Las sumas integradas en concepto de garantía de participación y su posterior complemento hasta alcanzar el diez por ciento (10%) del precio final ofertado serán imputadas exclusivamente a cuenta del precio de compraventa del inmueble, una vez aprobada la operación por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, conforme a lo establecido en la Cláusula 7. Los servicios prestados en subasta y los gastos de administración y gestión correspondientes a ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. deberán abonarse de manera independiente, sin que puedan ser compensados o descontados de los importes integrados en concepto de garantía. 11.5 Incumplimiento en aportar información y documentación La falta de presentación de los datos y documentos requeridos dentro del plazo establecido podrá impedir la continuidad de la operación y será considerada incumplimiento imputable al preadjudicatario, conforme las consecuencias previstas en estas Condiciones Particulares. 11.6 Exigibilidad de los servicios prestados en subasta y Gastos de Administración y Gestión La obligación de pago de los servicios prestados en subasta y de los gastos de administración y gestión a favor de ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. será independiente del pago del saldo del precio del inmueble. Ambos conceptos se considerarán devengados por la intervención de LA EMPRESA MARTILLERA, la puesta a disposición de la Plataforma de Ofertas y las tareas de administración y gestión vinculadas al procedimiento de subasta. En caso de que la operación se frustre por una causa imputable al preadjudicatario o comprador, las sumas abonadas por dichos conceptos no serán reintegradas. La notificación de la preadjudicación y/o el envío de la factura al correo electrónico declarado por el usuario registrado, así como las comunicaciones cursadas mediante la Plataforma de Ofertas, serán consideradas fehacientes a los efectos del cómputo de los plazos. 12. PLAZOS Y FORMAS DE PAGO El preadjudicatario y, una vez aprobada la operación, el comprador deberán cumplir con los pagos correspondientes a la garantía, los servicios prestados en subasta y el saldo del precio del inmueble conforme los plazos y modalidades establecidos a continuación. 12.1 Garantía y servicios prestados en subasta y Gastos de Administración y Gestión Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de la notificación de la preadjudicación, el preadjudicatario deberá: a) Integrar en pesos argentinos el importe necesario para completar una garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio final ofertado, imputándose la garantía de participación previamente constituida, conforme al mecanismo de conversión establecido en la Cláusula 4. b) Abonar a ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. los servicios prestados en subasta por el uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA, y los gastos de administración y gestión, equivalentes a otro tres por ciento (3%) del precio final ofertado, más IVA. El cumplimiento íntegro de ambos pagos será condición necesaria para mantener la preadjudicación y elevar la oferta a consideración del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 12.2 Saldo del precio del inmueble Una vez aprobada la venta por el Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, el comprador deberá abonar el saldo restante del precio del inmueble, descontándose las sumas que hubieran sido imputadas a cuenta del precio conforme a las Cláusulas 4 y 7. El saldo del precio podrá ser abonado en pesos argentinos, aplicándose la cotización oficial del dólar estadounidense tipo vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA correspondiente al día anterior a la fecha del efectivo pago, conforme a las instrucciones que oportunamente imparta LA EMPRESA VENDEDORA. El saldo deberá ser abonado en su totalidad al momento de la firma y con carácter previo al otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, la cual deberá celebrarse dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días corridos contados desde la notificación de la aprobación de la venta, salvo que las partes acuerden por escrito una fecha distinta. 12.3 Forma de pago El saldo del precio del inmueble podrá ser abonado mediante transferencia bancaria en dólares estadounidenses o en pesos argentinos, aplicándose en este último caso la cotización oficial del dólar estadounidense tipo vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA correspondiente al día anterior a la fecha del efectivo pago, a la cuenta bancaria que indique LA EMPRESA VENDEDORA, conforme a las instrucciones que oportunamente comunique. No se admitirán pagos parciales respecto de las obligaciones previstas en esta cláusula, salvo autorización expresa y escrita del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y/o de ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A., según corresponda. Los pagos deberán ser efectuados desde cuentas de titularidad o cotitularidad del sujeto que resulte comprador. No se admitirán pagos realizados por terceros, salvo autorización expresa y previa de la entidad destinataria del pago. 13. INCUMPLIMIENTO POR FALTA DE PAGO El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de pago previstas en estas Condiciones Particulares producirá la mora automática del preadjudicatario o comprador, sin necesidad de interpelación previa. A) Falta de integración de la garantía o de pago de los servicios prestados en subasta y gastos de administración y gestión Si el preadjudicatario no integra, dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, la garantía equivalente al diez por ciento (10%) del precio final ofertado y/o no abona los servicios prestados en subasta por el uso de la Plataforma de Ofertas, equivalentes al tres por ciento (3%) más IVA, y los gastos de administración y gestión, equivalentes a otro tres por ciento (3%) más IVA: 1. Quedará sin efecto la preadjudicación. 2. La oferta no será elevada a consideración del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 3. Perderá las sumas abonadas en concepto de garantía, sin derecho a reintegro. 4. Podrá ser restringido o excluido de futuras subastas organizadas por LA EMPRESA MARTILLERA. ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. podrá reclamar los servicios prestados en subasta, los gastos de administración y gestión, intereses y gastos de cobro que resultaren pendientes. B) Falta de pago del saldo del precio del inmueble Si, una vez aprobada la venta, el comprador no abonare el saldo del precio del inmueble conforme a las modalidades establecidas en la Cláusula 12, al momento de la firma y con carácter previo al otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA podrá dejar sin efecto la operación y disponer nuevamente del inmueble, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder. En dicho supuesto, el comprador perderá las sumas abonadas en concepto de garantía y los importes correspondientes a los servicios prestados en subasta y gastos de administración y gestión, sin derecho a reintegro, compensación ni indemnización alguna. C) Intereses y gastos de cobro Las sumas adeudadas devengarán, desde la mora y hasta su efectivo pago, intereses equivalentes a la tasa activa del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, sin perjuicio de los gastos de gestión, costas y honorarios profesionales que pudieran corresponder. D) Reserva de acciones El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y/o ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A., según corresponda, se reservan el derecho de iniciar las acciones extrajudiciales o judiciales necesarias para reclamar los importes adeudados y los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento. 14. ESCRITURACIÓN Y ENTREGA DEL INMUEBLE 14.1 Designación del escribano La escritura traslativa de dominio será otorgada ante el escribano que designe el comprador, quien deberá comunicar sus datos al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y a ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la aprobación de la venta. La falta de designación del escribano dentro del plazo establecido será considerada incumplimiento imputable al comprador. El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA podrá intimarlo a cumplir dentro de un plazo adicional de cinco (5) días hábiles, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la operación y aplicar las consecuencias previstas en la Cláusula 13. 14.2 Plazo de escrituración La escritura traslativa de dominio deberá celebrarse dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos contados desde la notificación de la aprobación de la venta, salvo que las partes acuerden por escrito una fecha distinta. El comprador deberá colaborar con el escribano designado y entregar oportunamente toda la documentación e información requerida para instrumentar la operación. 14.3 Gastos de escrituración Serán a exclusivo cargo del comprador los honorarios y gastos del escribano por él designado, los gastos de escrituración, certificados, informes, inscripción registral, impuestos, tasas y demás conceptos que correspondan a la parte compradora conforme la normativa aplicable. El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA tendrá a su cargo únicamente aquellos conceptos que legalmente correspondan a la parte vendedora. 14.4 Entrega de la posesión La posesión del inmueble será entregada al comprador una vez abonado íntegramente el precio y otorgada la escritura traslativa de dominio, dejándose constancia de la entrega en dicho acto o mediante el instrumento que corresponda. El comprador no podrá ingresar, ocupar, realizar obras ni ejercer actos de posesión sobre el inmueble antes del cumplimiento íntegro de dichas condiciones. 15. DOCUMENTACIÓN Y ESTADO DOMINIAL DEL INMUEBLE El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA pondrá a disposición del escribano designado por el comprador el título de propiedad y la documentación que resulte necesaria para instrumentar la escritura traslativa de dominio. Sin perjuicio de la documentación suministrada por la Empresa Vendedora, podrá solicitarse un informe de dominio con el objeto de verificar la situación registral del inmueble. El escribano interviniente realizará el estudio de títulos, solicitará los certificados e informes correspondientes y comunicará a las partes cualquier observación que pudiera impedir o demorar el otorgamiento de la escritura. El inmueble deberá ser transmitido con título suficiente y libre de gravámenes, restricciones o medidas cautelares que impidan su transferencia, salvo aquellas circunstancias expresamente informadas y aceptadas por el comprador en estas Condiciones Particulares. Las demoras originadas en organismos registrales, administrativos o judiciales, que no fueran imputables al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA ni a ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A., no generarán responsabilidad ni derecho a indemnización, debiendo las partes coordinar una nueva fecha para el otorgamiento de la escritura. 16. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. actúa exclusivamente como Empresa Martillera e intermediaria, poniendo a disposición la Plataforma de Ofertas y prestando los servicios necesarios para la realización de la subasta. La Empresa Martillera no reviste el carácter de propietaria ni vendedora del inmueble y no asume obligaciones relacionadas con el saneamiento del título, la escrituración, la entrega de la posesión ni el cumplimiento de las obligaciones que correspondan al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA en su carácter de Empresa Vendedora. El BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA será responsable por la legitimación para disponer del inmueble, la documentación necesaria para instrumentar la operación y el cumplimiento de las obligaciones que legalmente correspondan a la parte vendedora. La Empresa Martillera no será responsable por demoras, observaciones o impedimentos derivados de la actuación del escribano designado por el comprador, del Registro de la Propiedad Inmueble, de organismos administrativos o judiciales, ni por incumplimientos imputables al comprador o a la Empresa Vendedora. Tampoco responderá por diferencias relativas al estado material, constructivo, de conservación u ocupación del inmueble que hubieran sido informadas o que pudieran haber sido verificadas por el oferente mediante la visita y revisión de la documentación disponible. La Empresa Martillera no garantiza el acceso continuo e ininterrumpido a la Plataforma de Ofertas, cuya operación puede encontrarse sujeta a fallas técnicas, interrupciones de Internet o circunstancias ajenas a su control, salvo que existiera dolo o culpa grave directamente imputable a ella. El comprador deberá mantener indemnes al Martillero Público, a ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. y al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA frente a los daños, costos, gastos o reclamos derivados de su incumplimiento de estas Condiciones Particulares, del uso indebido de la Plataforma de Ofertas o de actos realizados sobre el inmueble antes de la entrega de la posesión. 17. DERECHO DE ADMISIÓN Tanto ADRIÁN MERCADO SUBASTAS S.A. como el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA se reservan el derecho de admisión para la participación en la subasta, pudiendo rechazar o cancelar la habilitación de aquellos interesados que no cumplan con los requisitos establecidos en estas Condiciones Particulares o con la documentación solicitada. 18. DECLARACIÓN DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN Los oferentes, al aceptar estas Condiciones Particulares y abonar la garantía de participación, declaran haber leído, comprendido y aceptado íntegramente sus términos. La formulación de ofertas a través de la Plataforma de Ofertas implicará la aceptación expresa del estado material, jurídico y de ocupación del inmueble, de la documentación puesta a disposición y de las condiciones aplicables a la adjudicación, pago, escrituración y entrega de la posesión. Asimismo, el oferente reconoce que todas las ofertas formuladas son firmes, irrevocables e irretractables y que la mayor oferta quedará sujeta a la aprobación del Directorio del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 19. PRÓRROGA DE JURISDICCIÓN Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales derivados de la participación en la subasta, de la formulación de ofertas y de la operación de compraventa, el oferente, preadjudicatario y/o comprador se somete expresamente a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en lo Civil y Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El oferente, preadjudicatario y/o comprador renuncia expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. |